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Ayudas y subvenciones recibidas

Fecha de concesión
16/07/2026

2024

Importe

2.933,00 €

Objetivo o finalidad

Ayuda a los agricultores por la Comercialización local de frutas y hortalizas.

Entidad concedente

VICECONSEJERÍA DE SECTOR PRIMARIO DEL GOBIERNO DE CANARIAS

CIF entidad concedente

S3511001D

Documento de concesión
DOCX

Resolución del Recurso de Alzada de la SAT N.º 492/05 la Alosnera contra la Resolución N.º 1576/2025, de 26 de junio, de la Viceconsejería de Sector Primario

Resumo do documento

La Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria resuelve el Recurso de Alzada interpuesto por la SAT N.º 492/05 la Alosnera contra la Resolución N.º 1576/2025, de 26 de junio, de la Viceconsejería de Sector Primario, mediante la cual se conceden las ayudas de la Acción i.1 “Ayuda a la Comercialización de Frutas, Hortalizas, Raíces y Tubérculos Alimenticios, Flores y Plantas Vivas Recolectadas en Canarias” y la Subacción i.4.2 “Ayuda a la Comercialización de Papa de Mesa” del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2024. El documento contiene una decisión administrativa y, si procede, indica cómo recurrirla. La resolución dispone: Primero: Estimar el recurso de alzada interpuesto por la SAT N.º 492/05 LA ALOSNERA, en relación con su socio don Eloy Ricardo Jiménez, contra la Resolución n.º 1576, de 26 de junio de 2025, de la Viceconsejería de Sector Primario, por la que se conceden las ayudas establecidas en la Acción I.1 “Ayuda a la comercialización de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias”, y la Subacción I.4.2 “Ayuda a la comercialización de papa de mesa”, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, correspondiente a la campaña 2024, por los motivos señalados en el fundamento de derecho segundo. Segundo: Conceder y abonar a la entidad recurrente la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES EUROS (2.933€) para el programa CO-246-2024-2-35-152, en concepto de pago complementario, de los que DOS MIL OCHENTA Y TRES EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (2.083,27€) corresponden a la ayuda FEAGA y OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (849,73€) a la parte de Estado, debiendo añadirle a ese importe la disciplina financiera y/o la devolución de la misma vigente en el momento del pago. El plazo de recurso es Dos Meses.

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Responsable:SAT LA ALOSNERA
Actualizado:13/10/2026
Datos desde:28/10/2025
Tipo:Importe, objetivo o finalidad, y administración concedente
Categoría:Ayudas y subvenciones
Subcategoría:Relación de ayudas y subvenciones recibidas
Referencia normativa:

Ley 19/2013. Artículo 8. Información económica, presupuestaria y estadística.